9 de junio de 2014

La Justicia quiere que Mirtha sea colectivera

Por Noelia Leiva. La Corte Suprema dio lugar a un recurso de amparo que señaló que empresas de ómnibus salteñas discriminaron a una ciudadana que se había postulado para manejar pero sólo contrataron hombres. El máximo tribunal de la provincia no había visto la inequidad.

Mirtha Sisnero dejó su currículum en todas las empresas de colectivos de Salta capital, donde reside, pero nunca la llamaron. Sin embargo, supo que varios varones sí fueron contratados como choferes, el puesto al que ella aspiraba para conseguir el sustento para su familia. No fue casualidad: como reconoció la misma Corte de Justicia de su provincia, alcanza con “detenerse en cualquier parada para relevar la nula presencia de mujeres” al volante. Pero se contradijo a sí misma al asegurar que no había acto discriminatorio en el hecho de no convocarla. El máximo tribunal nacional hizo lugar a un recurso de amparo que sostiene lo contrario.

La mujer, madre de dos hijos, dejó el documento donde constaban sus antecedentes laborales a una compañía, con el deseo de que la sumaran a su plantel. Como no le respondieron, decidió ampliar la búsqueda y acercarse a todas las líneas de la ciudad. Su enojo llegó cuando entendió que las empresas se basaban en prejuicios de género para siquiera realizar una entrevista laboral, como si las ciudadanas no pudieran conducir bien y, mucho menos, un móvil grande que transporta personas.

“Fue notorio porque en ese lapso sí incorporaron varones”, le explicó a Marcha Sisnero. El machismo, a través de uno de sus lugares comunes, se había entrometido y obstaculizado el acceso a lo que era una prioridad para ella: “Tenía la necesidad de un trabajo bien remunerado, que me deje tiempo para compartir con mis hijos y poder hacerlos estudiar”, describió.

Por eso, buscó defensa en la Justicia, pero la Corte salteña entendió que la falta de respuesta a las solicitudes de trabajo era insuficiente para asegurar que hubo discriminación ya que no hay una figura legal que obligara a la compañía a contactar a la persona interesada. Sí reconoció que en la “sociedad” se registran actos de desigualdad. Sólo pidió que el sector enviara un informe ante la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) con los requisitos que piden para sumar empleados o empleadas. Como si el rudimentario mecanismo de expulsión machista estuviera escrito.

La Corte Suprema de Justicia no coincidió con el conservadorismo patriarcal de la institución provincial. Dio lugar a un recurso de amparo presentado por la vecina, junto a Fundación Entre Mujeres, contra la Sociedad Anónima del Estado del Transporte Automotor (Saeta) y la misma AMT, y consideró que “se acreditaron diversos hechos conducentes y suficientes para configurar un caso prima facie encuadrable en una situación discriminatoria”, indica el fallo.

Uno de los elementos probatorios que dio por válido es que, del listado de trabajadores de las empresas demandadas, se desprende que no hay mujeres contratadas, incluso tras las sucesivas postulaciones de la aspirante a colectivera, que por ahora sigue trabajando en un emprendimiento familiar.

Con esa decisión, retoma vigor lo que había establecido la Sala V de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Salta capital, que había avalado la demanda en primera instancia y ordenado que, como mínimo, el 30 por ciento del personal que conduzca colectivos en la ciudad esté constituido por mujeres. Y que, si se probaba que las compañías habían interpuesto sus prejuicios de género a los criterios de selección, debían incorporar a ciudadanas que desearan cumplir ese rol. Para eso, había que elaborar un listado con quienes quisieran ser choferas, con Sisnero en primer lugar.

Para la afectada no hay mucho más que investigar: “Es una decisión empresarial (la de no contratar a las vecinas), porque aquí sí hay mujeres que conducen micros escolares, taxis, remises”, enumeró. “En Córdoba están las chicas que manejan los trolebuses. Y son más grandes que los ómnibus que circulan” en su zona, agregó, como si hiciera falta más argumentos para señalar el mal desempeño.

Con el fallo de la Corte Suprema –rubricado por Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco- en mano, Mirtha aspira a que su objetivo pueda cumplirse. Confía en que el trato con sus futuros compañeros varones será “normal, como fue en otra ciudad” donde se desempeñó. Resta que los empresarios puedan resignar su machismo y aceptar la batalla perdida.

Publicada en Marcha Noticias